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Quienes dispararon en el campus deben ser destituidos y encarcelados

CHILE - Disparar pintura es ilegal y es tortura

Ariel zúñiga

Lunes 6 de septiembre de 2010, por Ariel Zúñiga

Fui el primero en hacer ver que carabineros se excusaría por disparar en la Universidad de Chile con el burdo argumento de que habían disparado pintura para “marcar” a los manifestantes.

Testigos del hecho me refutaron dicha versión, carabineros disparó balines de goma.

Sin embargo ese modo de reprimir una manifestación es desproporcionada, no pueden de ninguna forma justificar el uso de armas de fuego, potencialmente letales, para atacar alumnos dentro de un campus universitarios. El estado posee el monopolio del uso de la fuerza pero para que este sea legal debe ser proporcional al hecho reprimido. Armas de fuego sólo se justifican para reprimir ataques de armas de fuego.

Entonces carabineros apostó al absurdo y declaró que había disparado “bolitas de pintura”.

De inmediato me hice cargo de dicho argumento, a las cinco de la tarde del día jueves, dije que disparar bolitas de pintura sería más grave que armas de fuego puesto que:

1.- Está prohibido.

2.- Sería un trato denigrante, degradante por lo tanto cruel e inhumano.

3.- Si la función es “marcar a los manifestantes” las manchas de pintura debería justificar una detención. Sin embargo aquí hablamos de una DETENCIÓN ILEGAL. Pues sólo se puede detener a alguien que comete un delito flagrante no a quién ya lo cometió y carabineros reconoce, por las manchas de pintura a posteriori. Una persona identificada por la autoridad, implicada en un delito, SOLO PUEDE SER DETENIDO POR UNA ORDEN JUDICIAL. Ya es cuestionable que detengan a alguien por protestar puesto que no sería un delito sino que una falta, lo legal es cursar una infracción no detener; con mayor razón entonces es ilegal una detención por protestar después de una protesta.

Está prohibido porque para los funcionarios públicos, y en especial carabineros, se rige por el principio de legalidad, es más, de estricta legalidad. Por lo tanto sólo pueden hacer aquello que les está EXPRÉSAMENTE PERMITIDO.

Un lector me inquirió que se trataba de armas no letales.

Mi respuesta fue inmediata y contundente: El uso de armas no letales en Chile no se encuentra regulado, le recordé el caso de Gerardo Rocha, alguien podría decir que estamos ante “un vacío legal” pero Carabineros, al regirle por la estricta legalidad un “vació legal” no lo autoriza tácitamente sino que se lo prohíbe expresamente. Carabineros puede usar armas de fuego, regulados en la ley de armas, pero NO PUEDE USAR ARMAS NO LETALES PUESTO QUE NO SE ENCUENTRAN REGULADAS. Los funcionarios de carabineros no son civiles SON FUNCIONARIOS PÚBLICOS y sólo pueden hacer aquello que está expresamente permitido y regulado.

Quien tenga dudas puede consultar la discusión que tuve sobre el principio de legalidad que rige al sistema público con la periodista Margarita Hantke. [1]

Por lo tanto carabineros no puede “innovar” en sus recursos represivos si una ley no los autoriza de modo expreso.

Sería un trato degradante puesto que marcar a detenidos es una práctica que quedó desterrada luego del holocausto, CON MAYOR RAZÓN ES OFENSIVO MARCAR A SOSPECHOSOS de delitos dudosos. Quien protesta no comete un delito, por lo tanto a quién se sorprende en una manifestación no es sospechoso de nada. Pero en el caso que fuera un delito, por ejemplo que se marcara a un lanza (ladrón por sorpresa) sería de todos modos tortura puesto que es un trato degradante. Hace una década la policía de investigaciones, por ejemplo, le rapaba la cabeza a los lanzas que sorprendía justamente para “marcarlos”. Tales prácticas tuvieron que ser desterradas con el advenimiento de la reforma procesal penal puesto que se consideró que era un trato cruel y denigrante.

Carabineros en vez que apoyar a quienes ejercer legal y legítimamente el derecho a manifestarse reprime, infiltra y ahora, con una explicación que agrava la falta, marca a los manifestantes como si fueran leprosos.

Los alumnos de la universidad de chile deben ejercer acciones legales por la aplicación de tortura contra los funcionarios que dispararon en el campus.

Violencia y Control nuevamente estaba tres Jugadas Adelante. Como dice Immanuel Wallerstein las ciencias sociales cuando se emplean correctamente poseen capacidad predictiva. Quienes se dediquen sólo al análisis de lo que pasó son mediocres investigadores, codiciados por muchas universidades pero mediocres a fin de cuentas.

Carolina Tohá se prestó para limpiarle el rostro a carabineros [2] y estos quisieron excusarse agravando la falta. Lo que han dicho es una confesión, una declaración contra sí mismo, que además es pública, no puede ser desmentida. Quienes dispararon deben pagar con la cárcel.

responsabilite

Mensajes

  • Buenas tardes, me gustaria saber en que articulo de la Constitución chilena o en que resolucion esta especificado que los carabineros tienen derecho a utilizar armas potencialmente mortales para reprimir las manifestaciones, estoy haciendo un trabajo investigativo para comparar la medida aprobada por el Presidente de Venezuela, Nicolas Maduro en la que esta aprobada esta medida. Muy amable de su parte! Espero su respuesta.

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