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Vuelco en el Caso

CHILE - Corte Suprema rebaja condena a agresor de Nabila Rifo porque no habría querido matarla

El Mostrador

Viernes 14 de julio de 2017, puesto en línea por Claudia Casal

9 de julio de 2017 - El Mostrador - Según informa hoy el diario La Tercera, la Sala Penal mantuvo la condena contra Mauricio Ortega, sin embargo, acogió parte del recurso de nulidad presentado por su defensa al desestimar que la agresión ocurrida en Coyhaique fuera femicidio frustrado, acusándolo sólo por lesiones graves y la mutilación de sus ojos.

El martes 11 se dará a conocer el fallo. Ha trascendido que podrían rebajarle en 8 años la condena, es decir, en vez de 26 estaría 18 años en la cárcel. Hablamos de Mauricio Ortega, a quien la Corte Suprema le rebajaría la pena porque, según los jueces, no habría querido matarla.

Al menos así lo informa hoy el diario La Tercera en su suplemento de Reportajes: “Tras escuchar dos días de alegatos, los integrantes de la Sala Penal de la Corte Suprema -cuatro ministros encabezados por Milton Juica- se retiraron el miércoles 21 de junio del Palacio de Tribunales sin haber adoptado un acuerdo respecto del recurso de nulidad presentado por la Defensoría Penal Pública, organismo que optó por acudir ante el máximo tribunal para modificar la condena de 26 años de Mauricio Ortega Ruiz. Los jueces quedaron de estudiar los antecedentes”, relatan las periodistas Leslie Ayala y Gloria Faúndez.

“La complejidad del caso Rifo y el interés público que ha generado motivaron a Juica y los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm a estudiar durante dos semanas los descargos de la defensa de Ortega y del Ministerio Público, que se opone a modificar la sentencia. A comienzos de esta semana, la Sala Penal del máximo tribunal volvió a reunirse y -según conocedores de la causa- acordó el futuro del emblemático caso. (…) La Corte Suprema no va a acoger la petición de la defensa del acusado de anular el juicio oral por vicios constitucionales y, por tanto, no ordenará que se realice otro. Sin embargo, hará una modificación sustancial en la condena de primera instancia a Ortega. (…) Tras una larga deliberación, los ministros Künsemüller, Brito, Cisternas, Dahm y Juica -con voto disidente de este último- acordaron acoger parcialmente el alegato del condenado, desestimando la figura del femicidio frustrado en lo referido a la agresión previa a la mutilación de los ojos”, continúan contando. Y añaden: “Los mismos conocedores del fallo explicaron que los jueces no lograron hacerse la convicción de que esa madrugada del 14 de mayo de 2016 Ortega salió en búsqueda de Rifo para asesinarla”.

Con este nuevo fallo, se desestima la condena impuesta el pasado 2 de mayo por el Tribunal Oral de Coyhaique, que se dividía en tres partes. 541 días por violación de morada (en un episodio de violencia intrafamiliar anterior) y dos condenas adicionales de 12 años y 180 días cada una. La primera por el delito de lesiones graves gravísimas, debido a que Ortega mutiló los ojos de su entonces pareja. La segunda condena, en tanto, estableció el delito de “femicidio frustrado”, que contempla las agresiones anteriores a la mutilación de la joven, es decir, cuando-según acreditó la fiscalía- Ortega propinó una serie de golpes con dos piedras en la cabeza y en su cuerpo con la intención de asesinarla.

“El acto de golpear a la víctima en su cabeza en reiteradas oportunidades, al punto de dejarla con lesiones, que de no mediar intervención médica oportuna le hubieran provocado la muerte, constituye una acción objetivamente idónea para provocar la muerte de una persona, revestida de una intencionalidad homicida”, dice en uno de sus párrafos el fallo de primera instancia.

Los jueces de la Corte Suprema, tras dos semanas de pensarlo, no creyeron lo mismo.


http://www.elmostrador.cl/dia/2017/07/09/corte-suprema-rebaja-condena-a-agresor-de-nabila-rifo-porque-no-habria-querido-matarla/

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