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Carta abierta

PERÚ - Venta de viviendas sin exclusión de los posesionarios empobrecidos

Jueves 12 de junio de 2008, puesto en línea por colaborador@s extern@s

Señores:

Presidente Constitucional de la República
Dr. Alan García Pérez

Presidente del Congreso de la República
Congresista Luis Javier Gonzáles Posada

Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República
Congresista Jhony A. Peralta Cruz

Presidente de la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social
Congresista Karina J. Beteta Rubin

El Consejo Directivo del Comité Promotor para la Renovación Urbana y los vecinos y vecinas que vivimos en quintas, corralones, callejones, conventillos y solares del Cercado de Lima y de los distritos más antiguos de nuestra capital, nos dirigimos a Uds. para manifestarles que en conocimiento del Proyecto de Ley No. 1995-2007-PE, presentado el 13 de diciembre de 2007 por el Poder Ejecutivo, el cual propone ampliar las facultades de las Sociedades de Beneficencia para que puedan transferir sus bienes inmuebles a favor de los actuales poseedores con fines habitacionales; el cual, actualmente ha obtenido dictámenes favorable sustitutorios por la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República (Comisión Principal) y por la Comisión de la Mujer y Desarrollo Social (Segunda Comisión).

Por lo que, le Proponemos y solicitamos:

1. Que se considere como punto de agenda en el Pleno del Congreso con carácter de urgencia, los Dictámenes para la aprobación del Proyecto de Ley No. 1995-2008-PE, pero incluyendo las propuestas abajo consideradas, para el éxito requerido de renovar los predios de tenencia Estatales en bien de vivienda dignas para todas y todos los peruanos.

2. En razón que los dictámenes señalados no contienen las siguientes propuestas, las presentamos para ser presentadas por Uds. en el debate que se realizará en el Pleno del Congreso para su aprobación y posterior promulgación por el Presidente de la República, por ello proponemos:

a) El Valor de los inmuebles a venderse, deben de estar en concordancia con la situación socio – económica de las familias poseedores que están por generaciones en situación de empobrecimiento, pero con el compromiso de comprar.

b) Que los poseedores beneficiarios no seamos diferenciados por la forma de posesión que venimos ejerciendo, ya que todos tenemos derecho al acceso a viviendas dignas.

c) La Subasta Pública no es un mecanismo que garantizará los fines del Gobierno actual de beneficiar a los actuales poseedores de los bienes inmuebles, nuestros ingresos no permiten que compitamos con las empresas que estamos seguros ganaran las subastas y tampoco seremos sujetos de créditos cuando estas empresas coloquen su oferta de vivienda en el mercado.

e) Que, se consideren los casos sociales, es decir, en el caso que por ningún tipo de sistema y mecanismo financiero del mercado inmobiliario los poseedores no puedan comprar las viviendas que ocupan; el Estado debe garantizar el acceso de estas familias a viviendas dignas, sin exclusión.

3. Finalmente proponemos que el Dictamen que se apruebe contemple:

a) Que, la transferencia de los bienes inmuebles a favor de sus ocupantes sean mediante venta directa, considerando sus condiciones económicas.

b) Que, el valor de la transferencia sea establecido teniendo en consideración el componente social.

c) Que, sean los poseedores actuales los que se beneficien con la venta de los bienes inmuebles, sin distinción alguna, ello en correspondencia con el Derecho de Residencia que ostentan.

d) Que, las familias poseedoras que no puedan adquirir los inmuebles que poseen actualmente ya sea por cuestiones económicas o porque dichos inmuebles no pueden ser vendidos, deben contemplarse los mecanismos para dar solución, pero sin atentar contra los derechos que tiene cada peruana y peruano de ser igualmente atendidos para que accedan a viviendas dignas, sin exclusión y destierro, en sus barrios.

e) Que, las transferencias se realicen en el marco de los Procesos de Renovación Urbana con proyectos identificados, bajo la normativa de renovación urbana vigente y con la aplicación del BONO de DESTUFURIZACIÓN..

Esta iniciativa Gubernamental de promover la destugurización de los inmuebles de propiedad de las Sociedades de Beneficiencias a través de este primer paso -transferir la propiedad a sus actuales posesionarios- es sumamente gratificante y acertado para que Centros Históricos como el de Lima sean CENTRO VIVOS, dónde miles de familias por generaciones le damos vida e identidad, de atractivo nacional e internacional.

Por ello Estamos seguros y seguras que esta PLATAFORMA DE PROPUESTAS aportarán a fortalecer estas iniciativas con las cuales estamos de acuerdo.

Viviendas dignas para poseedores sin exclusión

Comité para la renovación urbana
Organizaciones de inquilinos de la Sociedad de beneficencia de Lima

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